DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 330 ordinal 6° y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en Aplicación Del Procedimiento Especial Por Admisión de los Hechos, DECLARA
PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación formulada, por el ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Público, en contra del ciudadano CARLOS ENRIQUE LEÓN BEJAS, Venezolano, de 30 años de edad, reside en El Recreo, Avenida 5 de Julio, Las Mercedes I, Casa sin número, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.321.663, hijo de Gladys Bejas y de Padre Desconocido; por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN PRESUNTA, previsto y sancionado en el Artículo 374 Ordinal 4° del Código Penal; en p.....