en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por el NELSON GUSTAVO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.141.261, asistido por la Abog. LESVIE VICTORIA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 202.824, contra la ciudadana GABRIELA TRINIDAD HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.442.942. Y en consecuencia DISUELTO el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos NELSON GUSTAVO DIAZ y GABRIELA TRINIDAD HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.141.261 y 6.442.942.