(...) Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Actuando en sede Constitucional Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la Acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana JUAN CARLOS ECHENIQUE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.520.242, contra la omisión lesiva por parte de PETROCASA, representada por el ciudadano LUIS HOMER GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7.821.212, en su condición Vice-Presidente de la mencionada Empresa, referente al no acatamiento de la Providencia Administrativa Nº 00140-11 de fecha 23-05-2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, mediante la cual se ordena el Reenganche del accionante en Amparo; (...)