PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión interpuesta el 5-12-2012, por los profesionales del derecho IVÁN EDUARDO LANDAETA y JOSÉ LUIS FLEITAS, Defensores Privados del ciudadano LUIS ROSENDO GALLO OSPINA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía colombiana Nº 17.355.904, contra la decisión mediante la cual el 30-11-2012, el Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, decretó en perjuicio del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en los artículos 272 y 277 del Código Penal Venezolano y LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la D.....