TERCERO: Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Acumular la causa 1E 595-12 a la causa 1E296-03, seguidas en contra del penado AURELIANO SÁNCHEZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.370.459. SEGUNDO: Al hacer la acumulación de penas, el penado AURELIANO SÁNCHEZ MORA, ya identificado, debe cumplir una pena de DOCE (12) años de prisión, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para cuando ocurrieron los hechos, según sentencia de fecha 05 de febrero de 2010, dictada por el Tribunal de Prime.....