PRIMERO: Declara con lugar la pretensión interpuesta el 8-7-2016 por la Abg. LEYSLA YISEL CHACON ESPINOZA, Defensora Pública 1ª Penal adscrita a la Coordinación Regional de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Defensora de OMELINA LANDINES TREJO y ROGELIO ALCIDES FERNANDEZ, contra la decisión dictada el 11-2-2016 por el Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. MIGUEL PADILLA BAZO, publicado su texto íntegro el 6-7-2016, mediante la cual condenó a los ciudadanos antes mencionados, como responsables de la comisión del delito de transporte de sustancias estupefacientes en la modalidad de ocultamiento, tipificado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
SEGUNDO: Decreta la nulidad de la sentencia impugnada por falta de motivación, de conformidad con el artículo 449 del Código Orgánico Proces.....