Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, del Acta de Defunción certificada, Actas de Nacimientos Certificadas y copias de las Cédulas de Identidad Nros. 949, 46, 2.266, 2.471, 2.721, 1.841, 1.780, 944, 515 y 1.799 cursantes a los folios 3 al 16 del expediente, sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus VIRMA ELIMENA PEREZ TORRES, suficientemente identificada, los ciudadanos: MARLON HERNAN PEREZ , CESAR WILFREDO PEREZ, EMIL WILFREDO PEREZ, MARIA AZUCENAA PEREZ, HELVIS ANTONIO PEREZ, AURA MILENA GUEVARA PEREZ, AURA CECILIA GUEVARA PEREZ, LUCAS ELOY GUEVARA PEREZ y OSCAR EMILIO GUEVARA PEREZ, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficien.....