Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: INADMISIBLE la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE, constituido por Un Local Comercial, ubicado en la Avenida Miranda al lado de Foto Estudio Sapia, incoada por el ciudadano LISANDRO DE JESUS PEREZ VELOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.239.520, con domicilio procesal en la Calle Ricaurte, entre Calles Comercio y Bolívar, Edificio Santa Eduvigis, Escritorio Jurídico Lima & Asociados, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, representado por los Abogados GUIDO RAMON GUERRA y LUIS EDUARDO LIMA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 138.809 y 94.162 respectivamente, contra el ciudadano PEDRO EMILIO OLIVARES FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.243......