CON LUGAR la SOLICITUD de COLOCACIÓN FAMILIAR, intentada por la ciudadana: YRAIDA DEL CARMEN DÍAZ DONNARUMMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.59.676, actuando en defensa de los derechos e intereses de sus nietos Hnos(Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), contra la ciudadana: KARLIS ANGELIMI GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.326.916, DE MANERA TEMPORAL, mientras se determine una modalidad de protección permanente para los niños que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en los artículos 396 y 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, concatenado con el Articulo 27 de la Conve.....