Único: Se otorga permiso Especial al penado ciudadano: Carlos Oswaldo Delgado Peláez, venezolano, mayor de edad, nacido el 26 de mayo de 1972, titular de la cedula de identidad personal N° 9.683.628, residenciado en el Barrio San Vicente C/sucre, casa N° 37, hijo de Ana Mercedes Pelayo y Louis Oswaldo Delgado Plaza; para retornar a los pernotas diarias, luego de su jornada de Trabajo, hasta el Internado Judicial de San Fernando de Apure, a las 10:00 horas de la noche de cada día por el cual se prolongue el curso Organizado por el Instituto Nacional de Cooperación Educativa Gerencia regional INCE-Apure; es decir hasta el día 25 de Julio de 2006. En consecuencia debe, el consabido penado, retomar el horario de retorno a pernoctar en su lugar de reclusión (6:00 p.m.), concluida como sea la actividad descrita, a saber; a partir del día de hoy 08 de Junio de 2006. Notifíquese. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
ABG. DAVID OSWALDO BOCANEY
LA SECRETARIA
ABG. TAIBETH CASTEL.....