Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa instruida en contra de LUIS ZAMBRANO BAEZ, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.153.755, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 23-04-1970, residenciado en la Avenida Acueducto Barrio las Carpas, Bodega Bella Vista, Guasdualito, Estado Apure; Y JACKSON ZAMBRANO BAEZ, de nacionalidad venezolana, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.408.954, natural de Guasdualito, Estado Apure, nacido en fecha 27-04-1977, residenciado en la Avenida Acueducto, Barrio Las Carpas, Bodega bella Vista, Guasdualito, Estado Apure, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES M.....