DECLARA como sentencia con AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el Decreto Intimatorio, dictado en el presente procedimiento; en consecuencia se condena a pagar al ciudadano: FRANCISCO JAVIER JIMENEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° 15.359.722, a los abogados PEDRO MANUEL SOLORZANO MIRABAL, PEDRO OMAR SOLORZANO REYES y CARMEN EUBRALIA MEDINA GARCIA, las siguientes cantidades del Capital Adeudado: PRIMERO: La cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (BS. 1.000.000,00), monto este contentivo del capital adeudado en el señalado cheque, objeto de la presente demanda. SEGUNDO: Los intereses, de la obligación demandada, a razón del cinco (5%) anuales, computados a partir de la fecha de emisión del instrumento de crédito, cantidad que para la fecha de hoy asciende a la suma de SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 7.920,00), de conformidad con lo establecido en el articulo 456 ordinal primero del Código de Comercio. TERCERO: Los gastos ocasiona.....