este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: Admite la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Segunda del Ministerio Público de Guasdualito, Estado Apure, en contra del imputado HÉCTOR MANUEL PEREIRA CUELLAS, Indocumentado, Colombiano, de oficio agricultor, mayor de edad, con fecha de nacimiento 23-11-1966, de estado civil soltero, residenciado en Sector Cruz de Agua, Isla la Pradeña, Municipio el Amparo, Estado Apure, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público, por ser lícitas legales y pertinentes. TERCERO: Se aprueba el Procedimiento Especial de Admisión de Hechos, propuesto po.....