Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal resuelve: PRIMERO: CON LUGAR, EL PEDIMENTO DE LA ENTREGA DEL VEHÍCULO EN CALIDAD DE DEPOSITO, con las siguientes características: Marca: CHEVROLET. Modelo: LUV. Año: 2006. Color: BLANCO. Tipo: PICK UP. Placas: 05KCAC Serial de Carrocería: 8LBETF1M060000171. Serial del Motor: 6VE1-248096. Uso: CARGA, al ciudadano MARIO MIGUEL DE LUCA FIGALLO, titular de la cédula de identidad Nº 18.344.512. Quedando obligado el solicitante a las siguientes condiciones: 1.- Le queda prohibido realizar cualquier tipo transacción con el vehículo, que implique traslación de propiedad. 2.- Queda obligado a presentarlo las veces que sea requerido p.....