Por cuanto se cumplieron con los requerimientos del artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, vista la competencia conferida en el Artículo 177, Parágrafo Segundo, literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO presentado por los ciudadanos Cayetano de Jesús Mercado Sandoval, Colombiano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Ciudadanía Nº C.C-10.877.148, domiciliado en la calle principal del barrio El Gamero casa s/n de la población de Guasdualito Municipio Páez del Estado Apure; y la ciudadana Jenny del Carmen Araujo de Mercado, venezolana, casada, mayor de edad, titular de cédula de Identidad Nº V-12.580.573, domiciliada en el barrio Limoncito calle principal diagonal a la Iglesia El Retorno de Cristo de la pobla.....