Por todo lo antes expuesto que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra del imputado LUDOVINA GUTIÉRREZ, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C. 24.241.943, de 53 años de edad, natural de Villavicencio, Meta, República de Colombia, nacida en fecha 23-06-1954, de estado civil soltera, de oficio comerciante, hija de Fidelia Gutiérrez y Luís Arciniegas, residenciada en la carrera 28, casa 24-53, Barrio Cabañas, carrera 18, ,Arauca, Colombia, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de identificación, cometido en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se admiten las pruebas pre.....