En consecuencia y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia declara bastante y suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la solicitante ciudadana: BEATRIZ JOSEFINA JIMENEZ, ya identificada, sobre unas mejoras y bienhechurías consistentes en un inmueble destinado a domicilio o casa de habitación por cuatro (4) habitaciones, una (1) sala comedor, una (1) cocina empotrada, un (1) corredor, dos (2) baños internos, paredes de bloques y cemento, piso de cerámica, ventanas y puertas de hierro, un (1) garaje, cercada totalmente con paredes de bloque y cemento, ubicada en el Sector El Centro, expídanse copias certificadas de ley.
El Juez.
Dr. AMBROSIO ENRIQUE VALDIVIESO RODRIGUEZ La Secretaria
.....