DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a las previsiones del numeral 1º del Art. 74 del Código orgánico procesal Penal, acuerda:
UNICO: SIN LUGAR LA SOLICITUD DE DIVISIÓN DE LA CONTINENCIA DE LA CAUSA, formulada por el abogado en ejercicio Dr. WILMER QUINTANA; actuando bajo la condición de Defensor Privado de los acusados ciudadanos: LUIS ENRIQUE CARRILLO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad personal Nº 16.410.250 y residenciado en el Barrio Luis Herrera, vereda 1, casa N° 04 de esta ciudad; JOSE LUIS YANEZ GAMEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad personal Nº 19.405.749 y residenciado en Urbanización Los Tamarindos bajando al barrio El Calvario; Y JORGE LUIS BRITO RON, venezolano, mayor de e.....