Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la demanda de RECURSO POR ABSTENCIÓN O CARENCIA ejercido por el abogado USMAR DE JESÚS OLIVERO, venezolano mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.778, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MANUEL BLANCO DOMÍNGUEZ, en contra del MUNICIPIO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE.-Pudiendo la parte afectada apelar de la presente, dentro del lapso correspondiente. Publíquese, regístrese y líbrese oficio a las partes.