En razón de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, actuando en sede civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO. CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARÍA DEL VALLE SALGUERO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.583.694, de este domicilio, debidamente asistida del abogado IGOR JOSÉ HIDALGO, titular de la cédula de identidad N° V-8.157.401, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.483, en contra de los ciudadanos PAULOVA MÁRQUEZ DE ÁLVAREZ Y NACIN ANTONIO ÁLVAREZ PIÑATE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.512.681 y V-12.107.371 respectivamente, contentiva de ACCIÓN REIVINDICATORIA del inmueble que se distinguirá en el siguiente particular. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entre.....