Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos: VERONICA YAMILETH PEREZ SEIJAS y IVANIEL ABRAHAM GUEVARA MONTOYA, plenamente identificados en autos, a favor de la niña: menor de edad, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo: Primero: El obligado alimentario se compromete con la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000, oo) mensuales, los cuales serán entregados a la madre personalmente, en comida cada 15 días. Segundo: Cubrirán ambos progenitores el 50% para gastos de medicinas, cuando sea requerido por la niña. Tercero:.....