Este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, vista la competencia conferida en el Artículo 177, Parágrafo Segundo, literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO presentado por los ciudadanos Roa de Daza Mireya del Carmen, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.368.822, domiciliada en San Rafael de Cordero, vereda chiquinquira, detrás de la Urb. Marbeyal, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, y el ciudadano Daza Urbina Leonardo Enrique, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-5.685.812, domiciliado en el Nula, Parroquia San Camilo, Municipio Páez del estado Apure; debidamente asistidos por la abogada Carolina Meneses Ramírez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 164.066. En cons.....