De las normas parcialmente transcritas, se infiere que el solicitante debe aportar pruebas, que el juez debe valorar y señalar si tales pruebas son suficientes para acordar la medida pretendida. No es menos cierto que, el Juez debe contar con discrecionalidad para acordar este tipo de medidas, es necesario señalar que el legislador ha establecido unos límites precisos dentro de los cuales el Juez puede actuar, así en los artículos citados supra se establecen los requisitos de admisibilidad de las mismas, sin embargo, considera necesario esta Juzgadora señalar que, el presente es un juicio de DESALOJO DE INMUEBLE de vivienda familiar, que exige un procedimiento especial contemplado en la Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda, distinto al procedimiento ordinario, que secuestrar el bien inmueble objeto de la presente acción, constituiría revisar el fondo del asunto, razón por la cual este Tribunal declara IMPROCEDENTE la medida de secuestro solicitada. En cuan.....