ÚNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta en fecha 22-9-2015, por el abogado JOSÉ GREGORIO RUÍZ ARAQUE, Defensor Público Quinto adscrito a la Coordinación Regional de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Defensor de ELIS EDUARDO GARCÍA PARRA, contra la decisión dictada el 23-8-2015 por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Melisa Narváez, mediante el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en perjuicio del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, uso de adolescente para delinquir, tipificado en el artículo 264 de la Ley Orgánica de Niños, Niñas y Adolescentes y posesión ilícita de arma de fuego, tipificado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, toda vez que el 4-2-16 se con.....