CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos: WILDER ENOC SILVA ROJAS y ALICIA MARIA CASTILLO SILVA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas Nros. V-8.197.568 y V-9.593.274, debidamente asistidos de Abogado, y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, el día 11-09-1987