DISPOSITIVA
Luego de oír a las partes durante el desarrollo de la audiencia preliminar en la presente causa y examinar los planteamientos y pedimentos de cada una de ellas, así como lo expuesto a viva voz por el acusado y la víctima; en acato a lo establecido en los artículos 329 al 331 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal, en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, ABG. FRANCISCO JAVIER VIVAS, en contra del acusado JUAN CARLOS ROQUE BARRIOS, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, nacido el veinticinco de noviembre de mil novecientos ochenta y dos (25-11-82), soltero, de profesión u oficio coleador, hijo de CARLOS ROQUE Y ISLEYER BARRIOS; portador de la cédula de.....