DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-10.470-08, por haber operado la prescripción, en conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 8ª del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 5ª del Código Penal, en la causa penal seguida en contra de DEL VALLE JOSEFINA DIAZ PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.903.674, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 415, del Código Penal venezolano vigente para el momento en que se cometieron los hechos, en perjuicio de CARLOS GONZAGA ESCALONA BARRETO y NORIS MELANIA CORDERO, conforme a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Notifíquese a las.....