DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y por ende bastante y suficiente las presentes actuaciones a favor del Adolescente (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 28.274.075, de los ciudadanos JOHANNY CAROLINA y MARÍA STEFANI PÁEZ SABRICA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas d identidad Nro. V- 24.539.315 y 26.328.239, en su orden, en sus condiciones de Hijos y del ciudadano JUAN VICENTE PÁEZ FLORES.-