(...)En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el ciudadano OTTONIEL ALI CAÑA CALDERÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.012.426, en su condición de Presidente del Cabildo del Distrito del Alto Apure, debidamente asistido por el abogado SIMEON ANTONIO MAFILITO FARÍAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V- 10.131.322, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 116.528, en su condición de Procurador Distrital del Alto Apure del Estado Apure, contra la Providencia Administrativa, Nº 0034-2012, dictada por la Inspectoría de Trabajo en Guasdualito Estado Apure en fecha 07 de agosto de 2012, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reclam.....