Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un lote de terreno, ubicado en el Sector "Radiofónica" de esta ciudad de San Fernando de Apure Estado Apure, comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Casa de familia Gómez, en (13,60 mts); SUR: Casa de familia Moreno, en (13,60 mts); ESTE: Casa de familia Pérez, en (7,50 mts), y OESTE: Callejón, en (7,50 mts), constando las mismas de: Piso de cemento, paredes de bloques frisadas, techo de platabanda y acerolit, con dos (02) habitaciones con piso de baldosa, una (01) cocina, una (01) sala-comedor, un (01) baño con piso de baldos.....