Decisiones del dia 17/12/2004
N° Expediente :
1C-6436-04
N° Sentencia :
Fecha: 17/12/2004
Procedimiento: Audiencia De Presentación De Imputado
Partes: FISCALIA DECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO. DEFENSOR PRIVADO:DR. JUAN PERNÍA,IMPUTADO:PEDRO PABLO CABELLO
Resumen:
DISPOSITIVA
Por todos lo antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA;
PRIMERO: la Flagrancia de la aprehensión del ciudadano PEDRO PABLO CABELLO, venezolano, natural del vecindario La Leona, Sector la Rinconera Estado Apure, de 30 años de edad, nacido en fecha 27-04-65, hijo de Julia Cabello y de Pedro Ramos, de estado civil soltero de profesión u oficio agricultor y titular de la cédula de identidad N° 10.619.768 practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, conforme a los artículos 44.1 de la Constitución y 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: la prosecución de la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal
TERCERO: Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado PEDRO PA.....
Juez/Ponente:
Naydú Carolina Luzardo Blanco
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
N° Expediente :
10.597
N° Sentencia :
Fecha: 17/12/2004
Procedimiento: Divorcio
Partes: ANGELICA MARIA TREJO ESCOBAR, VS. EDUARDO ISRAEL CORDOVA SOTO
Resumen:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO, instaurada por la ciudadana ANGELICA MARIA TREJO ESCOBAR, Venezolana, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 8.147.955, en contra de su legitimo cónyuge EDUARDO ISRAEL CORDOVA SOTO, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.598.022, según la causal 3° del Artículo 185 del Código Civil como son los excesos, sevicia o injuria grave que hagan imposible la vida en común, en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que los unía. Y ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: Acuerda la Guarda de los Hnos. CORDOVA TREJO a la Madre de conformidad con lo establecido en el Artículo 360 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.-
TERCERO: Se acuerda que la Patria Potestad de los Hnos. CORDOVA TREJO, la ejercerán ambos padres, de conformidad con el artículo 349 Ejusdem.-
CUARTO: La Obligación Alimentaria se establece por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000,oo) mensua.....
Juez/Ponente:
Filomena Margarita Castillo de Gallardo
Organo:
Juzgado de Protección L.O.P.N.A