Decreta con Carácter Provisorio una suma mensual equivalente al 33% del salario mínimo urbano de CIEN MIL BOLIVARES (BS. 100.000,oo) mensuales, a partir del mes de Octubre del presente año, que se le debe descontar de las asignaciones del ciudadano ATILIO JOSE GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.163.791, quien es Jubilado de la Guardia Nacional, adscrito al Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas (IPSFA), a favor de los hermanos GONZALEZ RIVERO, más aportes extras de CIEN MIL BOLIVARES (BS. 100.000,oo) en el mes de septiembre y el 25% de la Bonificación especial de fin de año, para cubrir parte de los gastos ocasionados por los Beneficiarios de la causa en inicio de actividades escolares y festividades decembrina, sumas estas que deben ser retenidas por el Organismo empleador y depositados en Cuenta de Ahorro que a los efectos se aperturara en el Banco Industrial de Venezuela, en esta misma fecha y posteriormente se le .....