DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este tribunal Segundo de Control del Circuito judicial penal del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la republica bolivariana de Venezuela, conforme a las previsiones del Art. 376 del Código Orgánico Procesal Penal y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se admite en su totalidad la Acusación Penal interpuesta en contra del ciudadano: Daniel Alejandro Sandoval Torrealba, venezolano, de 27 años de edad, natural de San Cristóbal Estado Táchira, nacido en fecha: 30-01-81, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad personal N°. 14.378.926, y residenciado en el Barrio 19 de Abril, San Fernando de Apure, Estado Apure; a quien la Fiscal Auxiliar Cuarta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure endilgo la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el Art. 413 del Código Penal, como materializado en perjuicio del ciudadano: Giovanny Rafael M.....