declara CON LUGAR la conversión de la Separación de Cuerpos y de Bienes en Divorcio, en consecuencia, disuelto en vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos: ANGEL RAMON RIOS PEREZ y EVIS HAYDALIZ GOMEZ REYES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cedula de Identidad Nros. V- 16.512.983 y 16.512.426, respectivamente, por ante la Prefectura del Municipio San Fernando, el día 07-12-1.999, tal y como se evidencia del acta de matrimonio anexa al presente expediente.-
Por cuanto el vínculo matrimonial disuelto se desprende que los solicitantes procrearon (01) hijo de nombre (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente),
, y como quiera que ellos llegaron a un acuerdo en relación a la Custodia del mencionado niño será ejercida por la madre, patria potestad y Responsabilidad de Crianza será compartida por ambos progenitores.- De igual manera, acordaron un Régime.....