DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes solicitada por los ciudadanos ANDRY JOSE HERNANADEZ RIVAS y ROSANA AGUIAR CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 15.513.686 y 15.630.454, en su orden, debidamente asistidos por el profesional del derecho DENNIS ALBERTO ORTA PUERTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 105.854, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil Vigente.-