DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Aumento de Obligación Alimentaria, solicitada por la ciudadana GREGORIA ANTONIA ARTAHONA, contra el ciudadano JOSE DE LA CRUZ MENDOZA RODRIGUEZ ampliamente identificados, a favor de los Hnos. MENDOZA ARTAHONA, KARINA VANESSA y NATACHA NATALY conforme al artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como su establecimiento en salarios mínimos urbanos vigentes, en los términos antes expuestos.-
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria, a favor de los Hnos. MENDOZA ARTAHONA, KARINA VANESSA y NATACHA NATALY por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (BS. 80.000,oo) mensuales, a partir del mes presente mes, con retención de sueldo por parte del organismo empleador del obligado alimentario ciudadano: JOSE DE LA CRUZ MENDOZA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.833.534 y de este domicilio, más la suma de VEINTE .....