DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana ARELIS CELINA LOPEZ MARTINEZ titular de la Cédula de Identidad N° 13.254.725, en su condición de madre y representante legal de los HNOS. ARELIS OSCARIANA, OSCARELIS y OSCAR ANDRES PEREZ LOPEZ, debidamente asistida por la Abg. CARMEN ZAPATA, en su condición de Defensor Público Séptimo.-
SEGUNDO: Se FIJA con carácter DEFINITIVO el Aumento de la obligación Alimentaria en la suma de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000,oo) mensuales, que el ciudadano OSCAR OMAR PEREZ, venezolano, mayor de edad, Educador, titular de la Cédula de Identidad N° 8.193.297 y de este domicilio, debe cumplir a favor de sus hijos HNOS. ARELIS OSCARIANA, OSCARELIS y OSCAR ANDRES PEREZ LOPEZ, la cual deberá ser aumentada en un 15% anual sobre de la suma que perciba el padre por concepto de aumento de sueldo, si lo percibe mas aportes extras del 23,33% del Bono Vacacional, a los fines de asegurar el .....