Por lo expuesto, este Juzgado Superior, civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, Recurso Contencioso de Nulidad, incoado por el ciudadano Albis Padrón O., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.591.392, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 49.788, actuando en su condición de representante del Instituto Autónomo de Salud del Estado Apure, y al respecto, observa que la misma ha sido interpuesta contra de la Inspectoria Del Trabajo Del Estado Apure.-