TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana AURA ROSA URDANETA LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.331.230, para que en su condición de Tía materna y representante legal de los Hnos. MORLES URDANETA, JESUS ENRIQUE y GELVIS JOSE, gestione por ante todos los organismos competentes, el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a los referidos beneficiarios por motivo del fallecimiento de su Madre LUZ MARINA URDANETA LOPEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 5.621.284. Igualmente queda AUTORIZADA para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo p.....