IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada, por el ciudadano JOSÉ ALBERTO MORALES CONTRERAS, mayor de edad, venezolano, de profesión Abogado, Inpreabogado N° 98.546, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.583.527, actuando en su propio nombre, debidamente representado por el Abogado JESÚS DEL VALLE LISS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 1.834, mediante el cual solicita la de Nulidad por Ilegalidad, contra el acto contenido en el Acuerdo No. 68 ¿ 2010, adoptado por la Cámara Municipal del Municipio San Fernando del estado Apure, en su Sesión Extraordinaria Nro 20 de fecha 29 de julio de 2010, acta Nro 40.