Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado GIL ALBERTO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12. 196.296, de 37 años de edad, residenciado en al carretera nacional Guasdualito-Elorza, "Mereicito", casa sin número, Guasdualito, Estado Apure, quien fue condenado por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 409 y 420 del Código Penal, cometidos en perjuicio de Ligia Esperanza González (Occisa) y Jhonny Enrique Núñez Berríos. En consecuencia, queda GIL ALBERTO TORRES, en Libertad Plena. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las.....