Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia, conforme a lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en contra del ciudadano GRISMEL PASCUAL PONCE: Titular de la cedula de identidad Nº 13.820.680, por cuanto se presume que el mismo incurrió en los delitos como de VIOLENCIA PSICOLOGICA, y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 39 Y 42 segundo aparte, en su orden de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de NELLYS MIGDALIA FIGUEREDO, y los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionados, en artículos 218 y 413 en su orden del Código Penal Venez.....