Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las copias de las Cédulas de Identidad, Actas de Nacimiento, y Acta de Defunción acompañadas a la Solicitud, sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus FABIAN ENRIQUE CERPA CORDERO, suficientemente identificado, los ciudadanos, ELIANA JOSEFINA PÉREZ DE CERPA, FABIAN ENRIQUE CERPA PEREZ, JORGE ENRIQUE CERPA PEREZ, FABIAN ENRIQUE CERPA JIMENEZ, YRINA JEANNETTE CERPA JIMENEZ, TANIA PAULOVA CERPA JIMENEZ, LENNYS KARINA CERPA JIMENEZ, TANYA KARELYS CERPA JIMENEZ, ILEANA KIRENIA CERPA DE SATERIALE, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a.....