PRIMERO: CONDENA, al ciudadano JUAN FRANCISCO CORDOVA BRITO, titular de la cédula de identidad N° V-14.520.256, F/N: 15-10-1980, de 28 años de edad, natural de San Fernando de Apure, residenciado en la Urbanización Las Avionetas, calle principal, casa S/N de color verde al final, de profesión u oficio comerciante, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN MENOR, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se condena igualmente a las penas accesorias a las de prisión prevista y sancionada en el artículo 16 ejusdem. Se absuelve de costas por ser la justicia gratuita conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: En consecuencia, vista la admisión de los hechos de.....