III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la presente acción de DAÑOS MORALES incoada por el ciudadano FRANCISCO GREGORIO COLINA CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.865.345 y de este domicilio, en contra de la ciudadana ZAIDA JOSEFINA CHAPARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.898.500, también de este domicilio, y así se decide. Se condena en costas a la parte demandante por haber sido vencido totalmente, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo .....