Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se acuerda la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos GREIBER JOSE LICON SILVA. Venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº 20.091.206, edad 19 años, nacido el 14-02-91, residenciado: Urb. El tamarindo, sector 1, casa s/n, cerca de la iglesia el Tamarindo, hijo de YAJAIRA SOLVA y GREGORIO LICON, profesión u oficio: Comerciante, y CARLOS LEONARDO SEGUNDO NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª 21.292.654, edad 22 años, nacido el 06-05-88, residenciado en. Urb. El tamarindo, calle Sánchez Olivo, casa Nº 4, hijo de la ciudadana CARMEN NIEVES y SERGIO SEGURA, de profesión u oficio: Comerciante , y siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo, la potestad .....