Es por todo lo antes analizado que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano CARLOS JOSÉ CÁCERES CRUZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-19.672.219, de de 18 años de edad, nacido en fecha 30-05-1990, natural de Caracas, Distrito Capital, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Hernán Cáceres y de Ana Paula Cruz, residenciado en el Sector Los Laureles, vía Caucaguita, Guasdualito, Estado Apure, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, AMENAZA, y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana Yohelis Cárdenas Segovia, de con.....