Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos ANA NAKARI BEROES TREJO Y DANIEL ALEJANDRO VILERA PEROZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 23.700.886 y 10.620.040, respectivamente, asistidos por el abogado ERIC DANILO VILERA CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 204.055. En su escrito los comparecientes expusieron que solicitan se declare disuelto el VÍNCULO CONYUGAL que contrajeron en fecha 17 de julio de 2.008, por ante El Concejo Municipal del Municipio Biruaca, del Estado Apure, de los Libros llevados por ante ese despacho. PUBLÍQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA