Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el Nº 1C5450-08, FERNANDO OLEJUA ANDRADE, por la presunta comisión del delito de COMERCIALIZACIÓN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en el artículo 83 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos, vigentes para cuando ocurrieron los hechos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia cesa toda Medida de coerción dictada en Audiencia de Calificación de Flagrancia, de fecha 29-08-2008, en contra del ciudadano imputado. Notifíquese a las partes. Oficiar al Jefe de la Unidad de Alguacilazgo de este circuito y extensi.....