DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud de Decaimiento de la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, presentada por la Abogada: MEIRA PINTO, en su carácter de Defensor Público del ciudadano: RAFAEL PEREZ PIMENTEL, titular de la cédula de identidad N° 24.628.276, de acuerdo a lo previsto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, decretada en su contra en fecha: 07-05-2013, por la presunta comisión del delito de: Homicidio Calificado en la Ejecución del Delito de Robo Agravado en Grado de Cooperador, previsto y sancionado en el artículo 406, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal Venezolan.....